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El divorcio de mutuo acuerdo es el consentido por ambos cónyuges y puede realizarse vía Judicial cuando existen o no hijos menores de edad o vía Notarial, únicamente cuando no hay hijos menores de edad.
En ambos casos se exige la redacción de un Convenio Regulador que para el caso de que se tramite en un Juzgado tendrá que acompañar a una demanda firmada por abogado y procurador.
En Convenio Regulador deberá regular las relaciones de los cónyuges después del divorcioy para el caso de que existan menores de edad incluirá además la regulación de las relaciones paterno-filiales (atribución de la guarda y custodia, régimen de visitas del progenitor no custodio, pensión de alimentos a favor de los menores, etc). En el caso de que el régimen económico matrimonial sea el de la sociedad de gananciales la liquidación y adjudicación de los bienes que forman dicha sociedad podrá realizarse en el Convenio Regulador.

¿QUÉ INCLUYE EL SERVICIO?

CONDICIONES DE CONTRATACIÓN

DETALLES y precio

PRECIO (IVA incluido)
150 €
(Por Cónyuge).

NO se incluyen gastos de Procurador (150,00 €) o de Notario.

Con liquidación y adjudicación de la sociedad de gananciales:

600 €

(Se incluye la tramitación en la oficina liquidadora de cada Comunidad Autónoma, en el Ayuntamiento y en los Registros de la Propiedad. NO se incluye el pago de los impuestos, tasas y tributos y gastos de Registro de la Propiedad)

QUE HACEMOS:

  • Realizamos a liquidación y adjudicación de los bienes, derechos y deudas que forman parte de la sociedad de gananciales para evitar impuestos, tasas y tributos
  • Tramitamos la documentación en la oficina liquidadora de cada Comunidad Autónoma, en el Ayuntamiento y en los Registros de la Propiedad en el caso de que se haya liquidado y adjudicado la sociedad de gananciales
  • Asistimos a la ratificación del Convenio Regulador

QUE NO HACEMOS:

  • Presentar el Convenio Regulador sin haber realizado un estudio fiscal en el caso de que se proceda a la liquidación y adjudicación de la sociedad de gananciales
  • Dejar que los clientes asistan solos al Juzgado sin la asistencia del abogado o procurador

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